RETRIBUCIONES PERSONAL Y ALTOS CARGOS DEL CONSORCIO
Al objeto de dar cumplimiento a las medidas contempladas en la Disposición adicional segunda, apartado primero de la Ley 1/2014, de 18 de febrero, de regulación del estatuto de los cargos públicos del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el artículo 31.4 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura, así como en el Acuerdo del Consejo de Gobierno de fecha 27 de marzo de 2009, por el que se aprueba el Código Ético de Conducta de los miembros del Consejo de Gobierno y Altos Cargos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.